En esta guía
Cuatro cosas distintas que suelen llamarse “recarga”
En la práctica cotidiana, “recargar el extintor” se usa para nombrar cualquier cosa que haga un técnico con el equipo. Técnicamente son cuatro operaciones diferentes, con alcances, responsables e intervalos propios:
Inspección visual. La revisión rápida que hace el propio personal del local: que el equipo esté en su lugar, accesible, señalizado, con el precinto intacto, el manómetro en rango y sin golpes ni corrosión visible. No requiere técnico y es la que más veces se saltea.
Mantenimiento técnico. La revisión completa a cargo de personal capacitado: se desmonta, se verifica el estado interno del agente, se controlan válvula, manguera, difusor, sello y recipiente, y se deja constancia escrita del resultado.
Recarga. La reposición del agente extintor y la represurización del equipo. Ocurre después de cualquier uso —aunque haya sido de un segundo— y cuando el mantenimiento determina que el agente ya no está en condiciones.
Prueba hidrostática. El ensayo de presión que verifica que el recipiente todavía aguanta. Es lo que define si el cilindro sigue siendo apto o se da de baja. Se hace cada varios años, con intervalos que dependen del tipo de agente y de recipiente.
Qué exige Paraguay, en concreto
Acá hay una respuesta oficial y conviene conocerla, porque cambia con quién se contrata.
La recarga de extintores es una actividad regulada. La Resolución MIC Nº 916/2010 declaró de aplicación obligatoria las Normas Paraguayas referentes a extintores portátiles de incendio y estableció requisitos para la operación de las empresas de fabricación de recipientes, ensambladoras, de servicios de verificación, mantenimiento y recarga, y de verificación de recipientes. Fue ampliada y modificada por la Resolución MIC Nº 905/15.
La norma específica del servicio es la NP 21 040 01, “Servicios de verificación, mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio”, acompañada por la NP 21 041 01, que fija el procedimiento (en el catálogo del INTN figura como PNA 21 041 01). Junto a ellas son obligatorias, entre otras, la NP 21 012 89 (extintores portátiles, generalidades), la NP 21 013 89 (base agua), la NP 21 014 89 (polvo químico), la NP 21 015 89 (CO₂) y la NP 21 042 03 (recipientes).
En Asunción, además, la Ordenanza Nº 468/14 agrega cuatro reglas verificables:
- Art. 232. Todos los extintores deben estar fabricados según Normas Técnicas Paraguayas y llevar el sello de conformidad del INTN o de una certificadora reconocida.
- Art. 233. Para protección de edificios, la capacidad mínima es de 4 kg en polvo químico seco y 8 litros en agua o espuma mecánica. Un equipo más chico no cuenta como protección edilicia.
- Art. 230. Los extintores se inspeccionan periódicamente considerando sus tres partes fundamentales —cuerpo, agente extintor y medios de impulsión— y “la periodicidad está dada por las normas técnicas respectivas para cada tipo en particular”.
- Art. 20. La inspección, el servicio y la recarga de extintores figuran expresamente entre las actividades que exigen competencia acreditada ante la Municipalidad, que mantiene un registro público de habilitados.
Ese artículo 230 es la clave de toda esta guía, y por eso la respondemos como la responde la propia norma: el intervalo no es un número general, sale de la norma técnica que corresponde a cada tipo de equipo y del vencimiento asentado en la etiqueta de servicio de tu extintor. No publicamos acá un intervalo único porque el texto íntegro de la NP aplicable no es de acceso público, y preferimos que revises tu equipo antes que darte una cifra que no podemos citar. Un dato que suena bien y no se puede respaldar no le sirve a nadie frente a una inspección.
Por qué el intervalo no es un número único
La respuesta corta a “cada cuánto” es incómoda: depende. Y depende de cosas concretas, no de criterios difusos.
- Del tipo de agente. Un polvo químico seco, un equipo de dióxido de carbono y uno de agua o espuma no envejecen igual ni se ensayan igual. La Ordenanza de Asunción admite polvo químico seco, CO₂, tipo ecológico, agua presurizada, espuma mecánica y equipos tipo K para cocinas (art. 227), y cada familia tiene su propia norma paraguaya.
- De dónde está colgado. Un extintor a la intemperie, expuesto al sol, a la humedad o al polvo de un proceso industrial se degrada mucho más rápido que uno en una oficina climatizada. El intervalo del fabricante asume condiciones normales de servicio.
- De si fue usado. Cualquier accionamiento, por breve que sea, obliga a recargar.
- De qué dice el mantenimiento anterior. Un equipo con observaciones vuelve antes.
Por eso la pregunta útil no es “cada cuánto se recarga”, sino “en qué punto del ciclo está cada extintor de esta instalación y cuál es el próximo vencimiento”. Esa pregunta tiene una respuesta verificable; la otra no.
Cómo leer la tarjeta
La tarjeta o etiqueta de servicio es el único registro de que el equipo pasó por un proceso real. Debería permitirte responder, sin llamar a nadie, cuatro preguntas:
- Quién prestó el servicio y con qué respaldo técnico.
- Qué operación se hizo: inspección, mantenimiento, recarga o prueba de presión.
- Qué se encontró y qué se reemplazó.
- Cuándo vence el próximo servicio.
Hay además datos que la Ordenanza exige que estén en el propio equipo. El artículo 231 establece que en el cuadro de instrucción de uso deben constar de forma bien legible, y sin estar soldados al cilindro:
- El tipo de extintor, según su carga o agente extintor.
- La marca y la capacidad de extinción.
- El modo de uso, con figuras ilustrativas.
- El código y el número de serie del fabricante.
Y en la etiqueta de servicio del régimen paraguayo se identifican, entre otros datos, la empresa licenciataria que hizo el trabajo, su número de licencia, el número de serie del equipo, el agente extintor y el vencimiento de la recarga. Si esos datos no están, no hay cómo saber quién respondió por ese equipo.
Si la tarjeta solo tiene una fecha y un logo, no es un registro: es una calcomanía. Y en una revisión, una calcomanía no sostiene nada.
Las señales de que un extintor no va a funcionar
Ninguna de estas requiere ser técnico para detectarse, y las cinco aparecen en instalaciones que “tienen los extintores al día”:
- Está obstruido. Detrás de una estantería, de un pallet o de una puerta que abre encima. Un equipo al que no se llega en segundos no cuenta.
- Está a la altura equivocada o sin señalización visible desde el punto donde alguien lo buscaría con humo en el ambiente.
- El agente está compactado. Un polvo que lleva años inmóvil puede haberse apelmazado en el fondo del recipiente y no salir al accionar.
- La manguera está reseca o fisurada. El equipo tiene presión pero la descarga se pierde antes de llegar al fuego.
- El agente no corresponde al riesgo. El caso más frecuente y el más peligroso: agua o espuma frente a un tablero eléctrico energizado.
Lo que sí conviene tener resuelto
Una instalación con los extintores realmente en orden tiene tres cosas, no una:
Un inventario. Cuántos equipos hay, de qué tipo, de qué capacidad, dónde está cada uno y a qué riesgo responde. Sin inventario no hay control posible.
Un calendario. Las fechas de próximo servicio de cada equipo en un solo lugar, no repartidas en veinte tarjetas colgadas por el edificio.
Un criterio de distribución. La cantidad y la ubicación de los extintores se calculan a partir del riesgo y de las distancias de recorrido, no de cuántos entraban en el presupuesto. En Asunción ese cálculo tiene números publicados, en el artículo 234 de la Ordenanza 468/14:
| Riesgo | Área máxima por unidad extintora | Distancia máxima de alcance |
|---|---|---|
| Leve | 250 m² | 20 m |
| Moderado | 150 m² | 15 m |
| Alto | 100 m² | 10 m |
El artículo 235 agrega dónde no pueden estar y cómo se señalizan: buena visibilidad, límite de altura de 1,70 m del nivel del piso, prohibidos en escaleras y descansos, y —en industrias, depósitos, galpones y oficinas— señalizados con un círculo rojo y un metro de piso pintado de rojo. Por eso un local puede tener veinte extintores y estar mal cubierto: si están todos del mismo lado, la distancia de recorrido no se cumple.
Sobre la referencia normativa de esta guía
Los datos paraguayos citados provienen de la Resolución MIC Nº 916/2010 y las Normas Paraguayas de extintores publicadas por el INTN, y —para Asunción— de la Ordenanza Nº 468/14 de la Municipalidad de Asunción, artículos 230 a 235.
Para la selección, distribución, inspección y mantenimiento de extintores portátiles, AFINCO toma además como referencia los criterios y las recomendaciones de las normas NFPA —en particular las que tratan extintores portátiles— junto con las instrucciones del fabricante de cada equipo. Esa referencia internacional es respaldo de criterio técnico: lo exigible en Paraguay es la norma paraguaya, y cuando las dos difieren manda la local.
Preguntas frecuentes
¿No es más barato comprar un extintor nuevo que recargarlo?
Casi nunca, y además no resuelve lo mismo. Un extintor nuevo también entra al ciclo de mantenimiento desde el día uno, así que el ahorro dura un solo período. Lo que sí conviene reemplazar es el recipiente que llegó al final de su vida útil o que falló la prueba hidrostática: ese no se recarga, se da de baja.
Mi extintor tiene la aguja en verde. ¿Está bien entonces?
El manómetro dice que hay presión, no que el equipo funcione. No dice nada sobre el estado del polvo adentro, la manguera, el sello, la válvula ni el recipiente. Un extintor puede marcar verde y no descargar. Por eso la revisión visual del propietario no reemplaza al mantenimiento técnico.
¿Sirve el extintor que quedó del inquilino anterior?
Solo si el agente corresponde al riesgo actual del local y el equipo está dentro de su ciclo de mantenimiento. Un cambio de rubro cambia el tipo de fuego probable, y un extintor correcto para una oficina puede ser inadecuado para un depósito o una sala eléctrica.
Usé el extintor unos segundos y todavía tiene carga. ¿Lo cuelgo de nuevo?
No. Cualquier extintor que fue accionado se recarga, aunque haya descargado apenas un instante. Una vez que la válvula se abrió no hay garantía de que el sello mantenga la presión, y el equipo puede llegar vacío a la próxima emergencia.
¿Cómo sé si el servicio que me hicieron fue el completo?
Por la etiqueta y por lo que se entrega con ella. Un mantenimiento técnico deja constancia de quién lo hizo, qué se revisó, qué se reemplazó y cuándo vence el próximo. Si lo único que cambió es una calcomanía con una fecha nueva, no hubo mantenimiento.
¿Cualquier empresa puede recargar extintores en Paraguay?
No. La Resolución MIC Nº 916/2010 declaró de aplicación obligatoria las normas paraguayas de extintores portátiles y estableció requisitos para operar como empresa de fabricación de recipientes, ensambladora, de servicios de verificación, mantenimiento y recarga, o de verificación de recipientes. Antes de contratar conviene pedir la licencia y verificar que la etiqueta lleve la identificación del INTN.
¿Cuántos extintores tengo que tener?
En Asunción hay un número. El artículo 234 de la Ordenanza 468/14 fija el área máxima que puede cubrir cada unidad extintora y la distancia máxima de recorrido: 250 m² y 20 metros en riesgo leve, 150 m² y 15 metros en riesgo moderado, y 100 m² y 10 metros en riesgo alto. La cantidad sale de aplicar esa tabla a la planta real, no de estimar.